Si estás pensando en comprar una vivienda este año, sigue leyendo porque esta información te interesa

Ayer se publicó en el BOJA Extraordinario número 37 el Decreto-ley 7/2021 de 27 de abril, por el que se reduce el tipo del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y el de actos jurídicos documentados para el impulso y la reactivación de la economía de la Comunidad Autónoma de Andalucía ante la situación de crisis generada por la pandemia del coronavirus (COVID19).

Con vigencia exclusiva para los hechos imponibles devengados desde la entrada en vigor del decreto-ley (hoy día 28 de abril) y hasta el día 31 de diciembre de 2021, la actual escala del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas se sustituye por un tipo único del 7%.

Vale… ¿y eso qué quiere decir?

Pues esto significa que tanto si vas a hacer una compra de un inmueble como vivienda o como inversión inmobiliaria, debes aprovechar este descuento fiscal hasta el final del año. 

Ojo, esto solo aplica dentro de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Igualmente, con vigencia exclusiva para los hechos imponibles devengados desde la entrada en vigor del decreto-ley y hasta el día 31 de diciembre de 2021, el tipo aplicable a la modalidad Actos Jurídicos Documentados pasa a ser del 1,20%.

Si quieres leer el documento completo, puedes ver toda la información al respecto a través de este enlace:

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/537/

Y si tienes alguna consulta sobre este tema no dudes en preguntarnos. Te la resolvemos sin ningún compromiso.

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